Renta O Anualidad

Lo que debe saber

El Fondo de Renta o Anualidad ayuda a construir un futuro financiero sólido. El plan está destinado a ayudar a complementar los ingresos del retiro provistos por el Seguro Social y cualquier ahorro personal para el retiro que pueda tener.

Inscripción y elegibilidad

Usted es automáticamente elegible para participar en el plan, según los términos del acuerdo de negociación colectiva de su empleador con el sindicato.

Su cuenta individual

Cuando sea elegible para participar en el plan, se abrirá una cuenta individual para usted. Usted no tiene que realizar aportes o contribuciones.

Su empleador realizará aportes a su cuenta individual en su representación, según los términos de su acuerdo de negociación colectiva u otro acuerdo de aplicación. Consulte la Descripción Resumida del Plan (SPD) del Fondo de Renta o Anualidad.

Cómo funciona el plan

  • Su empleador aporta dinero a su cuenta individual por cada hora que trabaja en empleo cubierto.
  • El dinero en su cuenta es invertido por administradores profesionales de inversiones conforme a las instrucciones de los Fideicomisarios. Las inversiones están destinadas a crecer con impuestos diferidos hasta su retiro o si deja el empleo cubierto.
  • El objetivo de inversión del Fondo es obtener una tasa competitiva de retorno mientras que se protege el valor de los activos del Fondo. El valor de su cuenta individual en cualquier momento refleja los cambios en el valor total de las tenencias del Fondo.
  • El valor final en su cuenta individual refleja el total de los aportes del empleador y las ganancias y pérdidas de la inversión del Fondo menos los gastos de administración del Fondo.

Determinación de su beneficio

El beneficio de su Plan de Renta o Anualidad puede crecer de acuerdo con las inversiones del Fondo. Sin embargo, el valor de estas inversiones cambia con el tiempo.

En el momento del retiro, su beneficio será igual a:

  • El valor de su cuenta individual en la última fecha de valuación (por lo general, 31 de diciembre)
  • Más las contribuciones que haya realizado su empleador desde la última fecha de valuación
  • Menos las distribuciones o retiros que ha realizado durante el año
  • Más o menos las ganancias o pérdidas por intereses desde el 1 de enero del año en que solicita un beneficio hasta la fecha en que presenta su formulario de solicitud de beneficios
  • Menos los gastos de administración del Fondo

¡Consulte sus extractos anuales para llevar un seguimiento de sus beneficios del Fondo de Renta y de retiro!

Cada año, recibirá un extracto del Fondo de Renta que indique el saldo de su cuenta individual en la última fecha de valuación (31 de diciembre).

En 2022 y cada año posterior, también recibirá un extracto de planificación de los ingresos del retiro que calculará sus ingresos del retiro del Fondo de Renta, el Fondo de Pensión (si es elegible para participar), y el Seguro Social, a diferentes edades de retiro.

¡Designe un beneficiario!

Tener una designación de beneficiario registrada en la Oficina del Fondo asegura que el saldo de su cuenta se entregara a la persona que usted desea que reciba su beneficio en el momento de su fallecimiento.

  • Si está casado, su cónyuge es automáticamente su beneficiario a menos que renuncie a sus derechos de beneficiario por escrito y la renuncia cuente con la presencia y afirmación de un Notario Público o un representante del Fondo.
  • Si no está casado, llame a la Oficina del Fondo para obtener una tarjeta de beneficiario. Complete y devuelva la tarjeta a la Oficina del Fondo lo antes posible.

Puede actualizar su beneficiario registrado en cualquier momento. Consulte la Descripción Resumida del Plan del Fondo de Renta para ver las reglas del plan sobre cómo se distribuyen los beneficios si no designa un beneficiario.

Acceso a su dinero

Opciones de pago si está casado en el momento de su retiro
  • El beneficio del 50 % conjunto y de sobreviviente es la forma automática de pago si está casado cuando solicita los beneficios del Fondo de Renta.
  • Renta de superviviente calificado opcional, que proporciona el 75 % de su beneficio a su cónyuge en caso de su fallecimiento.

Puede seleccionar una forma de pago opcional (consulte a continuación) si obtiene el consentimiento notarizado de su cónyuge.

Opciones de pago si es soltero en el momento de su retiro
Una Renta o Anualidad Directa vitalicia o por Vida es la forma de pago automática si es soltero en el momento de su retiro. Sin embargo, puede elegir cualquiera de las formas de pago opcionales (consulte a continuación).
Formas de pago opcionales
  • Pago total: Si elige la opción de pago total, su beneficio estará sujeto a los impuestos a la renta correspondientes. Puede evitar los impuestos a la renta actuales si transfiere su beneficio a otro plan elegible del empleador o una Cuenta de Retiro Individual (IRA) dentro de 60 días de recibir su distribución.
  • 60 pagos mensuales garantizados: El importe o valor de su cuenta individual se dividirá de forma tal que reciba un importe mensual equivalente durante 60 meses. Si muere antes de que se entreguen los 60 pagos, su beneficiario recibirá los pagos restantes.
  • Pago automático del beneficio: Si el valor de su cuenta individual es de $5,000 o menos en el momento del retiro, recibirá el importe total como un pago único.
Debe comenzar a recibir sus pagos del beneficio del Fondo de Renta para el 1 de abril del año calendario siguiente al año en que cumple 70½ años.

Solicitud de beneficios

  • Contacte a la Oficina del Fondo para que le envíen una solicitud: 401-942-8690.
  • Solicite su beneficio al menos 30 días antes de la fecha en que desea que comience su beneficio del Fondo de Renta (pero no más de 90 días antes de la fecha de inicio de su beneficio del Fondo de Renta).

Los beneficios pueden comenzar antes de que finalice el período de 30 días para el inicio del beneficio si usted y su cónyuge otorgan el consentimiento necesario.

Recibir su distribución antes del retiro

Usted es elegible para recibir parte o todo el saldo de su cuenta individual si finaliza su empleo en un empleador participante pero aún no se ha retirado. Para ser elegible, su empleador no debe haber realizado ninguna contribución a su cuenta individual por al menos seis meses calendario consecutivos.

Las distribuciones de su cuenta están sujetas a una retención obligatoria del impuesto federal a la renta del 20 %. Si tiene menos de 59½ años cuando recibe su distribución, esta puede estar sujeta a un impuesto adicional del 10 %.

Diferir el impuesto a la renta sobre su distribución

Solicite información al Administrador del Fondo sobre sus opciones para diferir o reducir los impuestos obligatorios a la renta sobre su distribución (por ejemplo, transferir su distribución a una Cuenta de Retiro Individual, una IRA).

¿Alguna pregunta?

Llame a la Oficina del Fondo si tiene alguna pregunta sobre el plan o si está listo para retirarse y desea solicitar su beneficio.

Oficina del Fondo
200 Midway Road
Cranston, RI 02920
401-942-8690